Los Robles
y Peñamayor, obligados a devolver 427.000 euros por separar por sexos
E.
RODRÍGUEZ
OVIEDO
30 enero 2016
Un auto del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha
condenado a la entidad Fomento de Centros de Enseñanza, titular de los colegios
Los Robles y Peñamayor, a abonar al Principado el concierto educativo del
periodo comprendido entre septiembre y diciembre de 2013. Ambos centros habían
recurrido dos resoluciones de la Consejería de Educación que impedían la
renovación de los conciertos educativos a los centros que segregan por razón de
sexo. Entonces -año 2013- era la Ley Orgánica de Educación (LOE) la que estaba
en vigor y «este concierto no correspondía por discriminación en razón del
sexo», señaló ayer el consejero Genaro Alonso.
Según abundó su departamento, «el TSJA estima que no existía vulneración alguna del derecho a la
educación y a la libertad ideológica, puesto que no se privaba al centro del
derecho a la educación ni a las familias de elegir libremente el modelo que
estimen más conveniente». Y añadió que la Administración ha seguido el procedimiento
legalmente establecido.
En función de este fallo judicial, Los Robles (ubicado en
Llanera) y Peñamayor (Siero) deberán abonar 426.999,44 euros en concepto de
gastos de personal, más la seguridad social y los intereses de demora
reclamados por el Principado. Nada más conocer la sentencia, Genaro Alonso
expresó «su satisfacción por el fallo y el dinero cobrado», aunque reconoció
«estar descontento» debido a que la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad
Educativa (LOMCE), en vigor desde 2014, blindó las ayudas a estos centros al
señalar que no existe discriminación en la organización de la enseñanza
diferenciada por sexos. «Mantenemos los conciertos muy a nuestro pesar, en
cumplimiento de la ley, pero no deberían de ser susceptibles de recibir dinero
público».
Según ha podido saber EL COMERCIO, la intención de los colegios
es «respetar la decisión judicial». Este auto tiene lugar después de que el
Tribunal Constitucional resolviera inadmitir una cuestión de
inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Superior de Justicia de
Andalucía a raíz de una petición de la Junta tras los recursos de varios
centros de educación diferenciada por denegarles el concierto. La sala no entró
en el fondo de la cuestión por no cumplir uno de los requisitos formales
exigidos para esta clase de recursos.
En mi opinión, considero que la culpa en este problema de "segregación de sexos", lo tiene la ley que no deja claro el tema.
ResponderEliminarNo habrá discriminación en cuanto al derecho a la educación, ni al que puedan elegir que clase de educación, pero opino que si hay discriminación en cuanto a la diferencia de sexo. 0